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Copia auténtica de la licencia de tránsito no autoriza al vehículo para circular por vías públicas

16 de Mayo de 2016

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Nota:
15152
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De acuerdo con lo previsto en la Ley 769 del 2002, la licencia de tránsito es el documento público que identifica un vehículo automotor, acredita su propiedad, identifica a su propietario y autoriza al vehículo para circular por las vías públicas y privadas abiertas al público.

 

Por su parte, la Resolución 3027 del 2010, por la cual se actualiza la codificación de las infracciones de tránsito, dispone que será inmovilizado el vehículo cuyo conductor no porte la licencia de tránsito. Además, este último deberá asistir a un curso de educación vial, so pena de ser sancionado con multa equivalente a cinco salarios.   

 

En ningún caso, indicó el Ministerio de Transporte, se permite el tránsito del vehículo con la copia auténtica del documento, aunque se trate de una empresa con una flota de vehículos bastante grande, cuyos conductores, por el uso, las deterioren o extravíen generando traumatismos en las operaciones que realiza.

 

No obstante, la copia auténtica del documento sirve como valoración probatoria en asuntos de jurisdicción contencioso administrativa, por lo que corresponde a las autoridades de tránsito aplicar las sanciones pertinentes, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

 

Mintransporte, Concepto 20161340040891, Feb. 05/16

 

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