Centros de diagnóstico automotor no deben implementar planes estratégicos de seguridad vial (7:10 a.m.)
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07 de Junio de 2018
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Teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 1503 del 2011, por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía, toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de su actividad posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate o administre flotas de vehículos automotores o automotores superiores a 10 unidades, o contrate o administre personal de conductores, deberá contribuir con su objeto. Así las cosas, indicó el Ministerio de Transporte, los centros de diagnóstico automotor (CDA), cuya finalidad es realizar revisiones técnico mecánicas de los vehículos que transitan en el país y quienes contratan inspectores o técnicos operarios, no están dentro del marco de aplicación de la disposición y, por lo tanto, no deben implementar planes estratégicos de seguridad vial, siempre y cuando no cumplan las condiciones mencionadas.
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