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Televisión abierta no tendrá costo para usuarios de sistemas por suscripción: ANTV
23 de Septiembre de 2014
La Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) les ordenó a los operadores de televisión cerrada distribuir la señal de los canales de televisión abierta, en los términos de la Ley 680 del 2001, y conforme a la declaratoria de exequibilidad contenida en la Sentencia C-654 del 2003, con el fin de garantizar los derechos constitucionales a la información y al pluralismo informativo.
Así, el acceso a estos canales no tendrá costo para los suscriptores. Sin embargo, el cumplimiento de dicha obligación se realizará con los contenidos del canal principal digital en el formato que el operador de televisión abierta escoja, ya sea analógica, estándar (SD) o alta definición (HD), atendiendo a la tecnología que tenga cada usuario. Además, se prohíbe a los radiodifusores dejar inactiva su señal a los operadores con el pretexto de la cancelación de derechos económicos.
La ANTV les ordenó a los concesionarios y licenciatarios del servicio de televisión cerrada iniciar una estrategia de comunicación para informar a sus suscriptores cómo pueden acceder gratuitamente al servicio de televisión abierta. “Esta estrategia deberá utilizar todos los canales de comunicación con el usuario, como insertos en la factura y contenidos en los canales de sus parrillas, entre otros”, precisó la autoridad.
Cabe recordar que, en junio pasado, la Superintendencia de Industria y Comercio emitió una medida cautelar en contra de cableoperadores, en la que les ordenó abstenerse de retransmitir sin autorización la señal de los canales Caracol y RCN.
Aunque la ANTV solicitó suspender esa medida, la Superintendencia anunció que mantendría su decisión judicial, por considerar que no afectaba la actuación administrativa que adelantaba la autoridad de televisión.
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