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03 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Prohibirían cláusulas de exclusividad en la pauta publicitaria de la televisión abierta

22 de Abril de 2024

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Nota:
182691

Ante la Secretaría General del Senado de la República fue radicada la ponencia para el segundo debate al proyecto de ley 074/23S, con el que buscan garantizar el pluralismo informativo y prohibir las cláusulas de exclusividad en el mercado de pauta publicitaria de la televisión abierta.

Según se lee en el documento radicado, la iniciativa pretende democratizar la información y abrir una serie de posibilidades para que canales de televisión que decidan entrar al mercado de la televisión abierta y radiodifundida tengan condiciones ecuánimes respecto de su participación a nivel nacional, “evitando la concentración de la pauta publicitaria en cabeza de un único agente económico, a través de cláusulas de exclusividad en los contratos que celebran los canales de televisión abierta, con las agencias de publicidad o los anunciantes”.

El proyecto adicionaría un artículo nuevo a la Ley 182 de 1995, que quedaría así:

Artículo 52A. Con el fin de evitar las prácticas anticompetitivas en el mercado de televisión, democratizar y garantizar el pluralismo informativo, estarán prohibidas las cláusulas de exclusividad para la contratación de pauta publicitaria en televisión abierta, cuando dichas cláusulas tengan por objeto o como efecto restringir el acceso de los competidores al mercado, o monopolizar la distribución de productos o servicios.

Se entienden como cláusulas de exclusividad en el mercado de pauta publicitaria en televisión abierta aquellas prácticas procedimientos o sistemas, celebración de contratos o convenios, que tengan por objeto o como efecto limitar la libre competencia

“Las cláusulas de exclusividad en los contratos de pauta publicitaria constituyen una barrera de entrada para prestadores del servicio de televisión que, por su posición en el mercado, tienen acceso limitado a este tipo de pauta, impidiendo generar condiciones óptimas para la democratización de la información”, se lee en la ponencia.

La senadora ponente de la iniciativa, Sandra Jaimes, puntualizó la importancia de eliminar del ordenamiento jurídico la posibilidad de pautar exclusivamente en un canal “permitiendo que la participación en el mercado televisivo genere condiciones ecuánimes de competencia y se permita que los canales entrantes en el mercado lo hagan en condiciones que les permitan ofrecer sus servicios adecuadamente, evitando incurrir en costos desproporcionados, traduciéndose esto en un aumento del bienestar de los consumidores”.

ARTÍCULO

RESUMEN DEL CONTENIDO

Articulo 1

Objeto. Garantizar condiciones ecuánimes de participación para los canales de televisión abierta y radiodifundida a nivel nacional.

Articulo 2

Adición del artículo 52A a la ley 182 de 1995, para prohibir las cláusulas de exclusividad en la contratación de pauta publicitaria en televisión abierta

Articulo 3

Vigencia y derogatorias.

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