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Mintic adopta medidas para controlar exportación de celulares robados

26 de Noviembre de 2012

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Nota:
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A partir del 2013, no podrán ser sacados del país los celulares, sus partes o componentes cuyo IMEI (International Mobile Equipment Identity) esté registrado en la base de datos negativa con reporte de hurto o extravío en Colombia o en el exterior, excepto los considerados como residuos de aparatos eléctricos o electrónicos (RAEES).

 

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) precisó que quien exporte estos equipos deberá conservar durante cinco años la factura de compra y la prueba de su importación legal.

 

Para la exportación de bienes considerados como RAEES, los exportadores deberán presentar la factura o documento equivalente, con indicación expresa de que el material está destinado a la destrucción.

 

Además, deberán conservar la prueba de la transferencia de dominio de los equipos que serán exportados o la factura de compraventa.

 

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales será la entidad encargada de validar la información de los IMEI de los teléfonos móviles que pretendan ser exportados.

 

Finalmente, los equipos que son portados por viajeros que salen del país están exentos de estas disposiciones. En todo caso, cada viajero no podrá tener más de tres equipos.

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