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Suspenden resolución que permitía sustraer áreas de las reservas forestales

16 de Marzo de 2022

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Nota:
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Suspenden resolución que permitía sustraer áreas de las reservas forestales (Shutterstock)

El Juzgado Sexto Penal del Circuito de Bogotá tuteló los derechos fundamentales a la vida, a la salud, al agua, a la seguridad alimentaria y al medio ambiente sano de los ocupantes de las regiones que subsisten en los afluentes originados en las áreas de reserva forestal determinadas en la Ley 2ª de 1959.

En consecuencia, suspendió la Resolución 110/22 del Ministerio de Ambiente por cuatro meses, o hasta que se emita orden en contrario por parte del Tribunal Administrativo de Cundinamarca o el Consejo de Estado.

Como se recordará, la resolución establece las actividades, requisitos, procedimientos y cobro por los servicios de evaluación, control y seguimiento para la sustracción de zonas de las reservas forestales. La intención del Gobierno es racionalizar el trámite de sustracción, especialmente frente a desastres o calamidades públicas.

Para el juzgado, las zonas de reserva constituyen en su gran mayoría cabeceras o fuentes de origen de los principales afluentes de Colombia, y son el sustento y medio económico de múltiples regiones y de sus habitantes, por lo que resulta contradictorio que se emitan sentencias, fallos y discursos en pro de la protección de los recursos naturales y no se intente proteger de manera integral la fauna, la flora y los afluentes que de ellos se desprenden.

Además, dijo el juez en su pronunciamiento, no se argumentó la urgencia para la emisión de la resolución, por lo que ponderó la afectación entre suspender su aplicación frente a la que puedan tener los habitantes de las regiones que subsisten en los afluentes (Juez: Hyman Alberto Hermosilla Reyes).

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