Supersociedades continuará tramitando procesos de insolvencia
10 de Octubre de 2023
Después de un comunicado emitido por Corte Constitucional, en el cual se informa la decisión de declarar inexequible el inciso 2° del artículo 96 de la Ley 2277 del 2022, la Superintendencia de Sociedades indicó:
i) La Superintendencia de Sociedades respeta y acata las decisiones que profiere la Corte Constitucional en ejercicio de las funciones que le han sido asignadas por la Constitución Política de Colombia.
ii) Conocido el comunicado de prensa de la Corte Constitucional y, por consiguiente, el sentido del fallo de declarar la inexequibilidad del inciso 2° del artículo 96 de la Ley 2277 del 2022, que contenía la prórroga de los decretos legislativos 560 y 772 del 2020, advertimos como necesario conocer la integralidad de la providencia para delimitar en detalle los efectos del fallo y la posible modulación de los mismos. (Lea: Supersociedades pública guía para presentar información financiera en las reformas estatutarias).
iii) Los procesos de insolvencia seguirán tramitándose ante la Superintendencia de Sociedades de acuerdo con lo establecido por la Ley 1116 del 2006, que regula la reorganización y liquidación judicial. Nuestro compromiso es garantizar que estos procesos se gestionen de manera expedita, en línea con el plan de descongestión que se ha venido implementado en esta administración.
Finalmente, es importante destacar que actualmente se está impulsando una iniciativa legislativa parlamentaria (proyecto de ley 106/23), para establecer de manera permanente las medidas adoptadas mediante los decretos legislativos 560 y 772 del 2020. Estos decretos han demostrado ser herramientas eficaces para afrontar la insolvencia empresarial y su utilidad ha sido evidente en la práctica.
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