11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Superservicios puede solicitar a la autoridad pertinente evaluación de prestadores sobre normas de protección ambiental (3:20 p.m.)

20 de Octubre de 2014

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Nota:
97304
Las empresas prestadoras de servicios públicos deben obtener las licencias y los permisos ambientales y sanitarios necesarios para su funcionamiento, inclusive antes de iniciar operaciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 142 de 1994. De lo contrario, estarían en un presunta violación, que podría ser investigada y sancionada, si es el caso, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. Aunque esta entidad no puede usurpar las funciones de las autoridades ambientales pertinentes, en ejercicio de su función de inspección, control y vigilancia, podría iniciar una investigación por violación al régimen al que deben sujetarse los prestadores y dar el aviso correspondiente, para que se haga la evaluación, control y seguimiento a las normas de protección ambiental.

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