Superservicios deshabilitará el reporte temporal de información financiera y operativa
23 de Septiembre de 2021
Teniendo en cuenta que se cumplió con el objeto del esquema temporal de información financiera y operativa en relación con la inspección, vigilancia y control por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) a los prestadores de estos servicios, no es necesario contar con la información que se captura a través del esquema temporal de información financiera y operativa, pues es suficiente aquella que se captura a través del Sistema Único de Información (SUI). En consecuencia, la superintendencia deshabilitará el reporte temporal de información financiera y operativa.
Entonces, a partir del 1° de octubre del 2021, se exime a los prestadores de servicios públicos domiciliarios de la obligación de reportar la información prevista en los artículos 2 y 3 de la resolución 20201000009825, modificada por la Resolución 20201000010215 del 2020.
Los últimos reportes de información deberán ser reportados así:
Formato |
Frecuencia |
Periodo |
Fecha límite de reporte |
Formato A |
Semanal |
27/09/2021 - 30/09/2021 |
7 de octubre del 2021 |
Formato B |
Mensual |
01/09/2021 - 30/09/2021 |
15 de octubre del 2021 |
Formato C |
Semanal |
27/09/2021 - 30/09/2021 |
7 de octubre del 2021 |
Formato D |
Única |
01/09/2021 - 30/09/2021 |
15 de octubre del 2021 |
Formato E |
Semanal |
27/09/2021 - 30/09/2021 |
7 de octubre del 2021 |
Formato F |
Semanal |
27/09/2021 - 30/09/2021 |
7 de octubre del 2021 |
Formato G |
Semanal |
27/09/2021 - 30/09/2021 |
7 de octubre del 2021 |
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