Superpuertos solicita información sobre el desarrollo del objeto social a sociedades que presten el servicio de transporte aéreo (10:35 a.m.)
12 de Septiembre de 2014
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Nota:
63012
Ante el control de advertencia por responsabilidad de los órganos de administración de las empresas de transporte aéreo frente al adecuado desarrollo del objeto social, la Superintendencia de Puertos y Transporte considera que las personas que ostentan la calidad de administradores en sociedades que presten el mencionado servicio deben orientar sus actuaciones a la rigurosa aplicación de una responsabilidad social y jurídica en la prestación del mismo. En consecuencia, solicitó a las compañías remitir los actos que, en función de este control de advertencia, promuevan para eliminar los hechos sistémicos o cíclicos que afecten de forma masiva la prestación del servicio, a más tardar el día 31 de octubre de este año. También, deben diligenciar los datos del anexo que hace parte de la Circular 0017, el cual estará disponible en el sitio web de la entidad, a más tardar el 30 de septiembre, para los meses entre enero del 2012 y agosto del 2014, y a partir de septiembre los 10 primeros días del mes siguiente al mes vencido; todo al correo electrónico concesiones@supertransporte.gov.co.
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