12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Supernotariado imparte instrucciones para implementar repositorio de poderes (2:38 p.m.)

13 de Enero de 2014

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Nota:
94319
A partir de ahora y de acuerdo con el plan de implementación definido por la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), los notarios y cónsules que se encuentran autorizados para acceder al aplicativo del repositorio de poderes en la Ventanilla Única de Registro (VUR) estarán en la obligación de cargar en el sistema, sin excepción alguna, todos los poderes generales otorgados en su despacho y aquellos especiales que hayan sido presentados personalmente de acuerdo con las formalidades de ley, concedidos para realizar actos de disposición, gravamen o limitación al dominio de inmuebles. A través de esta funcionalidad se almacenarán los poderes previamente digitalizados, una vez autorizada la escritura pública o efectuada la diligencia de reconocimiento de contenido y firma. Para el efecto, los servidores públicos deben adelantar una serie de acciones, tales como indicar la identificación del apoderado o apoderados (cédula, NIT, número de pasaporte o cédula de extranjería, según corresponda), posteriormente agregar el poderdante o poderdantes, indicando su tipo de identificación y el nombre. También es necesario indicar la clase de poder, es decir, si es especial o general, si el poder es general debe señalarse el número y la fecha de la escritura pública a través de la cual fue otorgado, entre otras. Por último, señala que como soporte del sistema se cuenta con el apoyo de la mesa de ayuda: mesadeayudavur@supernotariado.gov.co, teléfonos: 2483470 y 2483476, en Bogotá.

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