Superfinanciera hace precisiones sobre la retransmisión de estados financieros de apertura bajo las NIIF (8:00 a.m.)
04 de Mayo de 2015
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Nota:
100820
Mediante la Carta Circular 34, la Superintendencia Financiera informó que los preparadores de información que así lo decidieran podían retransmitir los estados de situación financiera de apertura individuales y/o separados y consolidados hasta el 30 de abril del presente año. Ahora, ante inquietudes presentadas, la superintendencia aclara que la retransmisión de los ESFA no es obligatoria. De acuerdo con las NIIF 1, una entidad no requiere reestimar su estado cada vez que evidencie un hallazgo. “Un nuevo ESFA se debe generar únicamente cuando las diferencias sean significativas o materiales”, agrega la Superfinanciera. Para efectos de la presentación de los estados financieros intermedios conforme a las NIIF (NIC 34), se permite que un preparador elija entre presentar un juego de estados financieros condensados o un juego de estados financieros completos como lo exige la NIC 1, tal y como se establece en el numeral 3 de la Circular Externa 007 del 2015. En este sentido, cuando se decida presentar información condensada, el preparador de información financiera determinará el nivel de detalle de la información de los estados financieros que considere necesario presentar.
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