Superfinanciera expide reglas para la administración y distribución de fondos de inversión colectiva (4:24 p.m.)
16 de Septiembre de 2014
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Nota:
63452
A través de la Circular Externa 026, la Superintendencia Financiera subrogó el Título VIII de la Circular Básica Jurídica (CBJ) con el fin de actualizar e impartir las instrucciones aplicables a la constitución, administración, gestión y distribución de fondos de inversión colectiva (en adelante FICs). Por ejemplo, señaló que las sociedades administradoras de inversión, las sociedades comisionistas de bolsa de valores y las sociedades fiduciarias que a la fecha tengan carteras colectivas autorizadas por la superintendencia o en funcionamiento, en adelante denominados FICs en transición, deben presentar un plan de ajuste que prevea las actividades que adelantará para adecuar dichos fondos a las disposiciones fijadas por artículo 1° del Decreto 1242 del 2013 y las establecidas en el nuevo Título VIII de la CBJ. Con el fin de realizar un proceso de presentación y revisión de los planes eficiente y organizado, definió un cronograma por grupos de sociedades administradoras. Además, detalló el contenido general del plan de ajuste. También, precisó el régimen de autorización especial y las reglas aplicables a la creación de nuevos FICs, para este último punto fijó un cronograma para su implementación, el cual empezará el 14 de diciembre de este año.
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