Superfinanciera define políticas y lineamientos para ejercer supervisión
07 de Julio de 2022
La Superintendencia Financiera (SFC) definió, a través de la Resolución 826, las políticas y lineamientos del esquema funcional para ejercer la supervisión de las entidades supervisadas (ES) o conglomerados financieros (CF), aplicando el marco integral de supervisión (MIS).
De acuerdo con el documento, el objetivo del trabajo de supervisión es a través de la evaluación prospectiva e integral; construir y mantener actualizado el perfil de riesgos de las ES/CF; hacer seguimiento a la situación financiera, de riesgos y de conductas, conforme a lo establecido en el MIS, y proponer las medidas de supervisión a que haya lugar. Dicha aproximación facilita la identificación temprana de problemas y las posibles consecuencias que se puedan generar al sistema financiero.
Así mismo, establece los niveles de supervisión individual, consolidado y conglomerado y define los tipos de entidades a los que les aplican:
- El nivel individual incluye la supervisión individual de las entidades que no hacen parte de un consolidado o un CF.
- El nivel consolidado de supervisión incluye la supervisión de las ES de los CF que tienen su fondo de inversión en el exterior y que hayan surtido su proceso de acreditación, así como aquellas ES que hagan parte de un CF, pero que no se le aplica la supervisión a nivel conglomerado, debido a la aplicación de los criterios de identificación y exclusión.
- El nivel conglomerado de supervisión incluye la supervisión del fondo de inversión nacional, la supervisión de las entidades que consolidan y la supervisión individual de las subordinadas vigiladas o controladas por la SFC.
En cuanto a los núcleos de supervisión la superintendencia aseguró que son grupos interdisciplinarios de supervisores de las distintas áreas misionales de esta entidad y son designados según las actividades, procesos y riesgos asociados al modelo de negocio de las ES/CF para ejecutar las actividades de supervisión, en donde desempeñan las siguientes funciones:
- Construir y mantener actualizado el perfil de riesgo de las ES/CF, de acuerdo con lo establecido en el MIS y el proceso de seguimiento.
- Proponer la estrategia de supervisión, conforme a los resultados de la construcción del perfil de riesgo y al proceso de seguimiento.
- Ejecutar los ejercicios de supervisión que corresponda y presentar los resultados a las instancias deliberativas.
- Proponer las medidas de supervisión correspondientes.
- Analizar la información financiera, de riesgos, de la gestión del negocio y de trato justo al consumidor financiero, con la que cuenten las áreas respectivas para la supervisión de las ES/CF.
- Elaborar los entregables de las ES/CF de acuerdo con su nivel de supervisión, la metodología y el proceso de seguimiento.
Conozca más detalles de estos lineamientos en el documento adjunto a esta nota.
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