Superfinanciera crea catálogo único de información financiera para supervisar convergencia a las NIIF (8:50 a.m.)
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04 de Julio de 2014
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Para el proceso de convergencia hacia las NIIF, la Superintendencia Financiera creó el catálogo único de información financiera con fines de supervisión, que deberán aplicar los preparadores de información que hacen parte del grupo 1, así como los destinatarios de la Resolución 743 del 2013 expedida por la Contaduría General de la Nación (CGN) sujetos a la vigilancia de la superintendencia. Este catálogo regirá a partir del 1º de enero del 2015, a nivel de reporte. Desde el 2016, los preparadores de información financiera que hacen parte del grupo 1 deberán ajustar su sistema de contabilidad interno al nuevo catálogo. Los planes únicos de cuenta (PUC) vigentes continuarán aplicándose hasta el 31 de diciembre de este año, salvo los fondos de garantías y entidades financieras con regímenes especiales sujetos a la competencia de la CGN. La periodicidad de la remisión de la información requerida por el catálogo único atenderá los mismos plazos y tiempos señalados por el PUC que actualmente se aplica para cada entidad o negocio vigilado por esta entidad.
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