Superfinanciera advierte sobre el cumplimiento de normas de hábeas data crediticio (3:21 p.m.)
29 de Julio de 2014
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Nota:
62679
En virtud de la Ley 1266 del 2008 (Ley de Hábeas Data) y de la Sentencia C-1011 del 2008 de la Corte Constitucional , la Superintendencia Financiera recordó a sus vigilados el cumplimiento de la citada regulación, en particular los aspectos relacionados con la actualización de la información suministrada por las fuentes a los operadores de bancos de datos; el procedimiento y oportunidad en la atención y resolución de los reclamos y peticiones presentadas por los titulares de la información; la obtención y conservación de la autorización previa, libre, expresa y suficiente otorgada por el titular para su reporte a los operadores de bancos de datos y el envío, previo al reporte de información negativa, al dueño de la información para que pueda demostrar o efectuar el pago de la obligación o controvertir el monto, entre otras disposiciones. En este orden de ideas, la Superintendencia reiteró a las entidades el deber de respetar el derecho fundamental de hábeas data y la regulación referida. “Por lo que les corresponderá ajustar los procedimientos y controles para dar pleno cumplimiento a este régimen especial”, advirtió la entidad.
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