Simple instalación de un peaje no constituye actividad gravada con el impuesto de industria y comercio (8:25 a.m.)
30 de Agosto de 2016
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Nota:
123930
La simple instalación de un peaje en jurisdicción de un municipio no constituye actividad gravada con el impuesto de industria y comercio. No obstante, precisó el Ministerio de Hacienda, eso no significa que tras el cobro del peaje no exista una actividad que sí sea susceptible de ser gravada, por lo que corresponde a los funcionarios de la entidad territorial adelantar las labores de fiscalización correspondientes y determinar, si es el caso, la base gravable, que no necesariamente coincide con las sumas recaudadas. Puede suceder que el peaje sea recaudado por el sujeto que efectuó las labores de construcción, rehabilitación y/o conservación de obra pública a título de remuneración o, por el contrario, que el recaudo del impuesto se haga por un particular contratado por la entidad propietaria del peaje para desarrollar las actividades de recaudo y administración.
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