Si vendedores del 20 de julio se rehúsan a reubicación, deben ser desalojados: Tribunal de Cundinamarca (10:23 a.m.)
26 de Enero de 2015
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Nota:
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Así lo determinó una acción de tutela del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, al concluir que los comerciantes de la zona ya no se enfrentan a la amenaza de su derecho al trabajo y al mínimo vital, en caso de desalojo. Para la corporación, el Distrito Capital cumplió con el fallo de acción popular que le ordenaba reubicar a los vendedores que invadían el espacio público en ese sector y permitir su presencia transitoria allí, mientras se adelantaba este proceso; esto, a su juicio, indica que el cumplimiento de la decisión, que ordena garantizar el derecho al goce del espacio público, ya no entraría en tensión con los derechos fundamentales de los vendedores ambulantes. Así las cosas, quienes permanezcan haciendo uso de estos espacios deben ser reubicados en el recinto ferial construido para tal fin, a partir de lo cual deberá ser desalojado todo aquel que insista en invadir el espacio público en el sector.
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