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Usuario de servicios públicos tiene dos meses para remediar las fugas detectadas (10:28 a.m.)

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22 de Junio de 2018

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 146 de la Ley 142 de 1994, una vez detectada la fuga el usuario de servicios públicos domiciliarios tendrá dos meses para remediarla, tiempo durante el cual el prestador cobrará el consumo promedio de los últimos seis meses. Si pasado este lapso el usuario no ha tomado las medidas correspondientes para conjurar la situación, el prestador puede facturar el consumo correspondiente, pues no está obligado a cargar con la negligencia del usuario, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. En cuanto a la caracterización de la fuga señaló que si la misma puede detectarse solo con el apoyo de los sentidos humanos, es decir, sin la ayuda de instrumentos técnicos, será una fuga perceptible, mientras que si se requiere el uso de equipos técnicos, como el geófono, será imperceptible.

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