Recuerdan cómo se liquida el ICA en la prestación de servicios públicos domiciliarios (4:31 p.m.)
13 de Noviembre de 2014
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Nota:
97748
La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que el impuesto de industria y comercio (ICA) se liquida sobre el valor promedio mensual facturado para el caso de la prestación de servicios públicos domiciliarios, para tal efecto, se deben tener en cuenta las reglas especiales de causación, sujeto activo y base gravable previstas en el artículo 51 de la Ley 383 de 1997 (C. P. Jorge Octavio Ramírez).
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