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Gobierno objetó proyecto que pretende eliminar cobro por reconexión de servicios públicos

03 de Enero de 2017

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El Gobierno anunció la objeción al proyecto de ley que pretende eliminar el cobro por reconexión y reinstalación de los servicios públicos domiciliarios (P. L. 016/15S-190/15C), por considerar que esta reforma a la Ley 142 de 1994 es inconstitucional, ya que vulnera el principio de solidaridad y es un factor de inequidad contra las personas que pagan oportunamente sus obligaciones.

 

De igual forma, se indicó que la iniciativa va en contra del artículo 367 de la Carta Política, ya que “excluye del régimen tarifario de los servicios públicos los costos reales en los que incurren las empresas por tales conceptos”.

 

Como se recordará, el Congreso aprobó que quienes presten servicios públicos domiciliarios pueden cobrar un cargo por concepto de reconexión y reinstalación para la recuperación de los costos en que incurran, pero no habrá lugar al cobro cuando la causa de la suspensión o el corte del servicio en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3 haya sido exclusivamente la mora en el pago de las facturas y el usuario se ponga a paz y salvo o celebre un acuerdo de pago con la empresa por ese concepto.

 

También se aprobó que si la suspensión o el corte fueron por causas imputables al suscriptor o usuario diferentes a la mora este debe eliminar su causa, pagar todos los gastos de reinstalación o reconexión en los que la empresa incurra y satisfacer las demás sanciones previstas, todo de acuerdo con las condiciones uniformes del contrato.

 

Si el restablecimiento no se hace dentro de las 24 horas siguientes después de que el suscriptor o usuario cumpla con las obligaciones, dice la propuesta, habrá falla del servicio.

 

Presidencia de la República también advirtió que dado que se trata de un costo real, el valor de lo que cuesta la exoneración del pago de la reconexión o reinstalación del servicio tiene que ser asumido por una de las partes que conforman el sistema, ya sean los usuarios que pagan oportunamente, las empresas o el propio Estado.

 

En cuanto a las objeciones por inconveniencia, el Ejecutivo sostuvo que el presupuesto público no puede asumir el cargo por reconexión, pues es una carga para el fisco nacional.

 

En marzo, cuando se reanuden las sesiones ordinarias del Legislativo, se conocerá la suerte de este proyecto.

 

Presidencia de la República, objeción presidencial P. L. 016/15S-190/15C, Ene. 3/17

 

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