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Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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¿Está vigente el cobro por reconexión de servicios públicos?

19 de Septiembre de 2016

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Nota:
13819
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Sala Edición 5 - Imagen PrincipalUn ciudadano consultó a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) sobre la legitimidad del cobro por reconexión de servicios públicos. (Lea: A último debate va la iniciativa que eliminaría el cobro por reconexión en servicios públicos)

 

La Superservicios aclaró que si bien hay dos proyectos de ley en curso que pretenden eliminar el cobro por reconexión estos deben terminar su trámite legislativo para que puedan ser considerados como parte del ordenamiento jurídico.

 

Por lo tanto, precisó, el artículo 96 de la Ley 142 de 1994 está vigente y es el fundamento para que las empresas prestadoras cobren a los usuarios por las reconexiones o reinstalaciones a que haya lugar, siempre y cuando el servicio hubiere sido efectivamente suspendido o cortado por causas imputables al usuario y/o suscriptor.

 

¿Qué buscan los proyectos de ley y cuál es su estado?

 

Ámbito Jurídico le informa el objetivo y estado actual de las iniciativas que se tramitan en el Legislativo, las cuales modificarían algunos apartes del régimen de servicios públicos domiciliarios.

 

1. Proyecto de ley 035/15C-194/16S

 

El principal objetivo es el establecimiento de lineamientos generales en materia de medición de costos de reconexión y reinstalación de servicios públicos domiciliarios.

 

La iniciativa impone como obligación a las comisiones de regulación definir el mínimo vital para cada uno de los servicios públicos. Así, el costo del consumo mínimo vital deberá ser facturado al usuario y se aplicarán los subsidios al consumo a que haya lugar, incluido el Fondo de Energía Social, para el caso de energía eléctrica. Adicionalmente, se propone la creación de un fondo de energías no convencionales y gestión eficiente de la energía (Fenoge); con los recursos del fondo se podrán financiar parcial o totalmente, entre otros, programas y proyectos dirigidos al sector residencial de estratos 1, 2 y 3.

 

Por otra parte, se establecerían sanciones para las empresas que no respondan en forma oportuna y adecuada las quejas, peticiones y reclamaciones de los usuarios, así como a aquellas que incurran en el incumplimiento en la prestación del servicio cuando este sea manifiesto.

 

En cuanto a los cargos por aportes de conexión de los estratos 1, 2 y 3, serán cubiertos por la entidad territorial, siempre que exista disponibilidad presupuestal. Por último, la reinstalación o reconexión del servicio deberá realizarse dentro de las 36 horas continuas siguientes al momento en que el usuario haya cumplido con sus obligaciones.

 

Este proyecto de ley fue aprobado en segundo debate por la plenaria de la Cámara de Representantes y se encuentra pendiente de ponencia para ser estudiado en penúltimo debate por la Comisión Sexta del Senado. En otras palabras, al proyecto le restan dos debates para ser enviado a sanción presidencial, de no ser objetado se convertirá en ley.

 

2. Proyecto de ley 016/15S-190/15C

 

Esta iniciativa reformaría el artículo 96 de la Ley 142 de 1994 en el sentido de eliminar el cobro por reconexión y reinstalación de los servicios públicos residenciales.

 

Así las cosas, no habría lugar al cobro del cargo por reconexión o reinstalación cuando la causa de la suspensión o el corte del servicio en inmuebles residenciales de estratos 1, 2 y 3 haya sido exclusivamente la mora en el pago de las facturas y el usuario se ponga a paz y salvo o celebre un acuerdo de pago con la empresa por ese concepto.

 

Por otra parte, la iniciativa establece que cuando la causa de la suspensión sea diferente a la mora e imputable exclusivamente al suscriptor este tendrá que asumir el costo de la reconexión y las demás sanciones a las que haya lugar; sin embargo, si el restablecimiento no se hace dentro de las 24 horas siguientes después de que el usuario cumpla con las obligaciones, se configurará una falla del servicio.

 

Este proyecto de ley fue aprobado por la Comisión Sexta de la Cámara, en tercer debate, y ya cuenta con ponencia positiva para último debate, el cual se llevará a cabo ante la plenaria de la mencionada corporación.

 

En conclusión, ninguno de los dos proyectos de ley han terminado su tránsito legislativo en el Congreso, pero están muy cerca de su finalización.

 

Superservicios, Concepto 568, 02/08/16

 

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