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Actualizado hace 21 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Sentencia de restitución de tierrasOpositor a restitución debe demostrar que verificó regularidad de la situación del predio en disputa (10:15 a.m.)

07 de Mayo de 2014

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Nota:
96916
El Tribunal Superior de Antioquia recordó que la buena fe exenta de culpa no solo se demuestra con la evidencia de que en la conciencia del actuar hay legitimidad, sino a través de la prueba en torno a comportamientos que hayan perseguido verificar la regularidad de la situación. Ello porque así lo estableció la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-820 del 2012, en el aparte en que se define la exequibilidad del artículo 88 de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, en el cual se fijan los parámetros de este instrumento a la hora de ejercer la oposición. El despacho indicó que, según esa misma norma, es en el opositor en quien recae la carga de la prueba, por lo tanto, al no haber entregado documentos que demostraran que hizo seguimiento en torno a la regularidad de la situación que aquí se define, le negó reconocimiento de derechos sobre la propiedad. Así, consideró que los cuatro reclamantes de la restitución del predio “Pa qué más”, en la vereda El Tres de Turbo (Antioquia), reunían los requisitos del artículo 77 de la Ley 1448 del 2011 (literales a) y b) del numeral 2º) para hacerse a la restitución del predio, del que fueron despojados por paramilitares.

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