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05 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Sancionan a abogado por grosería contra servidores de un juzgado

06 de Junio de 2022

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Nota:
144177

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial estudió el caso de un abogado que llegó a un despacho judicial a revisar el estado de un proceso en el libro de radicación y, tras una hora de tenerlo en su poder, sin permitir que otros usuarios lo revisaran, la secretaria del despacho le solicitó la devolución, el profesional reaccionó de forma agresiva, profiriendo expresiones inapropiadas, amenazando a la juez, a la secretaria y a los otros usuarios que se encontraban presentes, así como al custodio del despacho por pedirle el documento de identificación.

 

La juez indicó en la compulsa de copias que el investigado no devolvió el documento y lo lanzó en las sillas del juzgado.

 

Esta conducta fue considerada como antiética, que vulnera el deber profesional estipulado en el numeral 7 del artículo 28 de la Ley 1123 del 2007 (observar mesura, seriedad, ponderación y respeto en sus relaciones con los servidores públicos), por cuanto con su actitud grosera y amenazante atentó contra la debida interacción que debe haber con los funcionarios judiciales.

Por lo anterior, se enmarcó su conducta en el artículo 32 de la Ley 1123 del 2007 (injuriar o acusar temerariamente a los servidores públicos), pues después de la valoración probatoria testimonial la comisión determinó que la conducta del disciplinado frente a la solicitud de devolución del libro radicador que le hiciera la secretaria fue grosera y retadora los funcionarios del despacho.

Así las cosas, el uso de un lenguaje descortés, intimidatorio y ofensivo comportó una actitud deliberada e intencional por parte del abogado de ofender con sus palabras a la secretaria y a la juez del despacho, por lo que se le impuso la sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión (M. P: Julio Andrés Sampedro Arrubla).

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