Sancionado el Código de Extinción de Dominio (8:00 a.m.)
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20 de Enero de 2014
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La Corte Constitucional determinó que incurre en desconocimiento del precedente judicial el juez que ignora la obligación que tiene la administración de motivar los actos de desvinculación del personal nombrado en provisionalidad que ocupe cargos de carrera. Ello porque así lo sostuvo la corporación en la Sentencia SU-917 del 2010, mediante la cual protegió los derechos de funcionarios de la Fiscalía General de la Nación que enfrentaban exactamente las mismas circunstancias. Vistos los argumentos, la corporación volvió a oponerse al Consejo de Estado, que en primera y segunda instancia había negado la tutela interpuesta contra el Tribunal Administrativo del Magdalena, organismo que, a juicio de la Corte, desconoció su precedente judicial en esta materia (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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