Sanción disciplinaria por comisión de delito procede si la conducta concuerda con la descripción de la legislación penal (8:00 a.m.)
03 de Febrero de 2014
Reproducir
Nota:
95332
Con el fin de fortalecer la gobernabilidad, la institucionalidad y la transparencia de las elecciones de las juntas directivas de las cámaras de comercio, el Gobierno acaba de expedir el Decreto 134. La norma modifica los decretos 726 del 2000, 898 del 2002, 333 y 1202 del 2012 en cuanto a la fecha de elección de tales directivos, la inscripción y modificación de listas, las votaciones, el escrutinio y la designación de presidente y vicepresidente, entre otros temas. Por ejemplo, señala que la elección de los directivos se llevará a cabo el primer jueves hábil del mes de diciembre del año de la elección, entre las 8:00 a.m. y 4:00 p.m. En cuanto a la inscripción de listas, este paso deberá realizarse hasta el último día hábil de la segunda quincena de octubre ante la secretaría general o la oficina jurídica de la respectiva cámara de comercio.
Opina, Comenta