14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 12 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Salvamento de voto advierte riesgo de desconocer la presunción de inocenciaJueces carecen de legitimidad democrática para rediseñar los pilares del proceso penal, advierte Leonidas Bustos a la Sala Penal (11:45 a.m.)

13 de Abril de 2015

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Nota:
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El magistrado se opuso a que la Sala interprete que ante una teoría del caso razonable por parte de la Fiscalía, el acusado y el juzgador estén obligados a establecer una teoría igual o más convincente para que sea admisible su absolución. “De validarse semejante concepción del juzgamiento, el proceso penal en Colombia habría mutado a otro muy distinto, donde no regiría la presunción de inocencia”. Tras aclarar que si el imputado se reputa inocente a este no le corresponde probar nada, por cuanto es al Estado a quien se obliga a probarle su culpabilidad, sostuvo que ese tipo de conclusiones respecto a los alcances de la teoría acusadora significarían que el indiciado perdería la garantía según la cual es inocente hasta que no se demuestre lo contrario. A su juicio, con esta tesis, el sospechoso de cometer un delito sería razonablemente menos culpable o menos inocente y solo recuperaría el principio de presunción de inocencia si logra establecer una tesis de igual o superior razonabilidad a la de su acusador. Bustos recordó que los mandatos constitucionales imponen que nadie sea juzgado sino de acuerdo al ordenamiento legal vigente, lo que en su criterio es desconocido por sus compañeros de Sala, al olvidar que terminaron estableciendo un esquema distinto al que ordena el legislador en la actualidad, olvidando que “los jueces carecen de legitimidad democrática para rediseñar los pilares del proceso penal”. También se opuso a la aplicación que la Sala le dio a la figura de la aceptación de responsabilidad ante autoridad no judicial, precisando que esta se convierte en prueba siempre y cuando se produzca conscientemente; la Corte lo desconoció, dice, al no tener en cuenta las condiciones mentales del procesado (M. P. Eugenio Fernández).

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