Sala dual del Atlántico es competente en procesos a jueces que ordenaron embargos millonarios, al margen del factor territorial (10:48 a.m.)
15 de Enero de 2014
Reproducir
Nota:
94274
Al ratificar la suspensión de 12 meses contra dos de los jueces de Cereté (Córdoba) que validaron medidas cautelares sobre cuentas inembargables de la Nación a favor de extrabajadores de Telecom, por más de $ 1.940 millones, el Consejo Superior de la Judicatura explicó que el conocimiento de casos a cargo de la Sala dual de descongestión del Consejo Seccional del Atlántico no está dado por el factor territorial. De ahí que tenga competencia frente a este y otros procesos de similar naturaleza, ya que fue creada a partir de una medida de descongestión que creaba despachos destinados a atender de manera preferente actuaciones de transcendencia nacional y de gran complejidad en su tratamiento que involucraran a funcionarios judiciales; la medida se dio con base en la posibilidad con la que cuenta la Sala Administrativa para adelantar redistribuciones territoriales (artículo 257 superior), de donde se desprende que la ubicación del distrito era irrelevante para el caso. Por otra parte, al precisar que el error común no hace derecho, sostuvo que la probabilidad de que otros jueces hayan aplicado la excepción de inconstitucionalidad frente a la inembargabilidad de bienes estatales, cuando de ella dependa el pago de salarios y acreencias, no exime a los operadores que hayan ordenado las medidas cautelares en la forma irregular como lo hicieron. Finalmente, aclaró que asuntos de esa naturaleza solo pueden ser resueltos por la jurisdicción ordinaria y no por vía de tutela (M. P. Ovidio Claros).
Opina, Comenta