Restringir el uso de un camino indígena vulnera el derecho a la circulación y residencia de estas comunidades (10:50 a.m.)
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27 de Mayo de 2013
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La Corte Constitucional consideró que la restricción impuesta por el Ejército Nacional al uso de un camino tradicional de la comunidad indígena La Playa, en el municipio de Leticia (Amazonas), vulnera su derecho fundamental a la circulación y residencia. A juicio del alto tribunal, obligar a los miembros de la comunidad a caminar con sus alimentos y los productos que comercializan es discriminatorio y pone en riesgo su derecho a la salud, pues la medida limita el acceso a transporte adecuado para que sus enfermos puedan llegar oportunamente al hospital. En la sentencia, la sala ordenó a la institución militar permitir el tránsito sin ningún impedimento y al municipio determinar la naturaleza y propiedad del terreno donde se ubica dicho sendero. Si el terreno resulta ser propiedad privada, en virtud del principio de solidaridad y función social de la propiedad, el Ejército deberá constituir una servidumbre de tránsito a favor de la comunidad. Si se trata de un bien de uso público, la brigada deberá permitir de inmediato el tránsito de toda la comunidad y la alcaldía deberá proceder a adecuar el camino (M. P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
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