Restricción del debido proceso por aplicar principio de verdad sabida y buena fe guardada no viola la Constitución (10:51 a.m.)
09 de Febrero de 2015
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Nota:
99902
La Corte Constitucional negó la protección del derecho fundamental al debido proceso constitucional de un miembro de la Gran logia de Colombia que fue sancionado por la Gran comisión de justicia por sus declaraciones a un diario de circulación nacional que fueron publicadas en un artículo titulado “La hermandad en secreto”, en las que se exponían diversos aspectos de la masonería en Colombia. Para la Sala, la restricción del debido proceso no viola la Constitución, porque es razonable que dentro de la estructura de una organización privada se aplique el principio de verdad sabida y buena fe guardada, previa aceptación voluntaria del peticionario, siempre y cuando no compromete la vigencia de la dignidad humana, ni el principio de no discriminación o la obligación estatal de investigar, jugar y sancionar las graves violaciones de derechos fundamentales (M. P. María Victoria Calle Correa).
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