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Actualizado hace 18 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Respaldan inhabilitación de interventores cuando no entreguen información sobre actos de corrupción (12:30 p.m.)

16 de Julio de 2013

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Nota:
89674
La sanción de cinco años de inhabilidad para contratar con el Estado a quien como interventor no entregue toda la información que pueda evidenciar actos de corrupción de parte de contratistas no vulnera el principio de legalidad ni el derecho a la defensa, concluyó la Corte Constitucional. Bajo este examen, la Sala Plena declaró exequible el artículo 84 de la Ley 1474 del 2011 (parágrafo 2º). Agregó que, en este caso, no se desconoce el principio de non bis in ídem, porque se trata de una inhabilidad administrativa y no de una sanción disciplinaria, luego no se produce un juzgamiento sobre la misma causa. Sin embargo, para el magistrado Luis Ernesto Vargas Silva sí se produjo el citado desconocimiento, lo que lo llevó salvar el voto de manera parcial, por considerar que la norma debía ser declarada inconstitucional. Sin embargo, la posición mayoritaria de la Sala Plena coincidió con la de la Procuraduría, que había sugerido la declaratoria de exequibilidad (M. P. Alberto Rojas).

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