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Reposición de vehículos en el servicio de transporte público colectivo en Bogotá debe efectuarse por un vehículo nuevo y según equivalencias (11:58 a.m.)

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08 de Febrero de 2010

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Por medio de la Resolución 515 del pasado 11 de diciembre, la Secretaría Distrital de Movilidad estableció una medida en materia de reposición de equipos de transporte público colectivo de pasajeros en la ciudad de Bogotá, teniendo en cuenta el Decreto 309 del 2009, por el cual se adopta el Sistema Integrado de Transporte Público. De acuerdo con la disposición, la reposición de vehículos en el servicio de transporte público colectivo en la ciudad debe efectuarse por un vehículo nuevo y según la tabla de equivalencias establecida.

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