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General


Veto a ley de aborto no punible en Buenos Aires es inconstitucional

Con la decisión de la justicia bonaerense, la Ley 4318 se da por promulgada y se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la ciudad.

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08 de Julio de 2013

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El pasado 5 de julio, un juez de la ciudad de Buenos Aires declaró inconstitucional el veto que el alcalde Mauricio Macri le impuso a la Ley 4318 del 2012, que regula el procedimiento para la atención integral de los abortos no punibles.

 

La norma fue aprobada por la legislatura de la ciudad en septiembre del 2012, con base en los criterios expuestos por la Corte Suprema de la Justicia de la Nación en un fallo de marzo del mismo año, que tuvo en cuenta, entre otras referencias, la Sentencia C-355 del 2006 de la Corte Constitucional colombiana.

 

Sin embargo, mediante el Decreto 504 del 22 de octubre del 2012, Macri vetó esta ley, por considerar que contenía prescripciones que excedían los lineamientos establecidos por la Corte Suprema, desconociendo la homogeneidad del sistema jurídico y contrariando disposiciones constitucionales y penales.

 

Ahora, con la decisión de la justicia bonaerense, la Ley 4318 se da por promulgada y se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la ciudad.

 

De esta manera, los hospitales públicos y los centros de salud privada de la capital argentina deberán practicarles el aborto no punible a las mujeres cuyo embarazo implique un riesgo para su vida o su salud o provenga de una violación.

 

Según la prensa local, esta es la primera vez que se declara la inconstitucionalidad de un veto.

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