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Sentencia por masacre de Mapiripán no será revisada por Corte IDH

28 de Noviembre de 2012

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Nota:
25439

En resolución del pasado 23 de noviembre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) descartó la revisión de la sentencia dictada el 15 de septiembre del 2005 en el caso de la masacre de Mapiripán, que declaró la responsabilidad del Estado colombiano por los hechos ocurridos en ese municipio del Meta entre el 14 y el 20 de julio de 1997.

 

Al tomar en cuenta la información que el Estado presentó con posterioridad a la sentencia, tras haber reactivado las investigaciones por la masacre, la Corte IDH determinó que seis de las personas identificadas en el fallo y sus familias no deben ser consideradas como víctimas, y las reparaciones ordenadas a su favor no deben tener efectos.

 

Sin embargo, aclaró que esta decisión no toca el fondo de lo resuelto en la sentencia del 2005, que tiene carácter de definitivo e inapelable.

 

Así las cosas, el procedimiento de supervisión de cumplimiento de los puntos pendientes de acatamiento se mantendrá abierto, y se le solicitará un informe al Estado colombiano, que deberá presentarse a más tardar el próximo 22 de febrero.

 

Solicitud de revisión

La revisión negada por la Corte IDH fue solicitada por el Estado colombiano, el 23 de noviembre del 2011, “con el fin de que se rescindan las declaraciones y condenas decretadas por dicha Corte y como consecuencia se declare que la República de Colombia no es responsable internacionalmente por violación de derecho alguno en relación con algunas de las víctimas y familiares en el marco del caso”.

 

Posteriormente, el 24 de febrero del 2012, el Estado sustentó la solicitud, mediante un documento en cuya elaboración participaron do la Fiscalía General de la Nación, la Cancillería y el entonces Ministerio de Justicia y del Derecho.

 

(Corte Interamericana de Derechos Humanos, Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencia Caso Masacre de Mapiripán Vs. Colombia, nov. 23/11)

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