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Derogan polémica ley que reformó régimen laboral para jóvenes en Perú

La norma fue rechazada por un sector de la población, que se negó a aceptar el recorte de beneficios laborales.
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28 de Enero de 2015

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La ley que establecía un régimen laboral para jóvenes en Perú, conocida como “Ley Pulpín”, fue derogada por el pleno del Congreso, con 91 votos a favor, 18 en contra y 5 abstenciones.

 

Pese a que tenía como objetivo promover la contratación de jóvenes de entre 18 y 24 años, la norma fue rechazada por un sector de la población, que se negó a aceptar el recorte de beneficios laborales.

 

De hecho, desde su aprobación, el pasado 16 de diciembre, se realizaron cuatro marchas a favor de la derogatoria, que, en dos ocasiones, terminaron con altercados violentos, cuando los manifestantes intentaron llegar hasta la sede del Congreso.

 

La propuesta, impulsada por el Gobierno, formaba parte del cuarto paquete de medidas para incentivar el crecimiento económico. Con ella, se buscaba simplificar el ingreso de 263.000 personas al mercado laboral formal, para mejorar la empleabilidad y promover la contratación de jóvenes desocupados por un plazo de cinco años, a partir de su entrada en vigencia.

 

Sin embargo, la ley preveía reducir el periodo de vacaciones a 15 días, disminuir la indemnización por despido y eliminar el pago de la compensación de tiempo de servicios, gratificaciones, utilidades, asignación familiar y el seguro de vida para los jóvenes de 18 a 24 años que se incorporaran por primera vez a la vida laboral. Además, estos no podían permanecer más de tres años en la misma compañía.

 

Aspectos de la ley

El régimen laboral previsto en la norma derogada era de carácter opcional para el empleador y se aplicaba solo a quienes no tuvieran infracciones en la normativa sociolaboral.

 

El contrato era expreso, a tiempo completo, celebrado por escrito y su plazo de duración era de uno a tres años. El empleado dejaba de ser apto, si continuaba laborando después del plazo estipulado, después de cumplir los 25 años o ante la existencia de simulación de fraude.

 

Los derechos laborales incluían 15 días de descanso, por cada año de servicios; afiliación obligatoria al seguro social de salud, afiliación obligatoria a cualquier régimen provisional, inscripción automática a la Ventanilla Única de Promoción del Empleo y una reparación de 20 remuneraciones por día, por cada mes dejado, hasta un máximo de 120, en caso de despido.

 

(Con información de Diariocorreo.pe y El Comercio)

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