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Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Corte Suprema invita al Consejo Superior y a Mintrabajo a formular iniciativa legislativa que adapte la legislación laboral al TLC con EE UU (9:39 a. m.)

07 de Octubre de 2014

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Nota:
63643
Al encontrar que un CD con la grabación de una audiencia de juzgamiento no tenía audio e imposibilitaba la sustentación del recurso extraordinario de casación, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia analizó la aplicación del artículo 17.3 del Acuerdo de promoción comercial entre Colombia y EEUU, que señala que las resoluciones finales sobre el fondo de un caso se deben formular por escrito al ordenamiento jurídico interno (artículo 46 del Código Sustantivo del trabajo, modificado por el artículo 6º de la Ley 1149 del 2007) y en ningún caso se hará la reproducción escrita de las grabaciones. En este contexto, el alto tribunal concluyó que el mencionado artículo 17.3 no es una norma auto ejecutiva con la virtud de obligar directamente a los ciudadanos y funcionarios colombianos a proferir “resoluciones finales” o sentencias sobre el fondo de un asunto por escrito. En opinión de la Corte, su evidente carácter programático obliga a cada Estado parte a adoptar las medidas internas necesarias para que la administración o la jurisdicción puedan concretar los fines de la norma. Finalmente, invitó al Consejo Superior de la Judicatura y al Ministerio del Trabajo a que formulen una iniciativa legislativa con el objeto de adaptar la legislación laboral colombiana a lo previsto en el capítulo 17 del instrumento internacional “Asuntos Laborales”, el cual adquiere el estatus de norma internacional del trabajo y, por esa característica, desde el momento de entrar en vigor para Colombia y ser promulgado (15 de mayo del 2012) hace parte de la legislación interna (M. P. Carlos Ernesto Molina Monsalve).  

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