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Congreso español aprueba reforma al Código Penal que incluye prisión permanente revisable
21 de Enero de 2015
El Pleno del Congreso de los Diputados de España aprobó la reforma que introduce la prisión permanente revisable, fija penas de cárcel para los dirigentes políticos que acepten donaciones ilegales superiores a 500.000 euros y modifica los delitos contra el orden público.
La norma determina que la prisión permanente revisable se podrá imponer en casos de excepcional gravedad, como el homicidio del Rey, de su heredero o de jefes de Estado extranjeros; el genocidio, y los asesinatos en serie cometidos en el seno de una organización criminal, contra menores de 16 años o contra personas especialmente vulnerables.
Las penas serán revisadas, tras el cumplimiento de 25 a 35 años de prisión, para verificar si el pronóstico es favorable a la reinserción social. Los jueces examinarán cada dos años si debe mantenerse la prisión, de oficio o a petición del recluso.
De otro lado, la reforma les restringe el acceso la libertad condicional a los corruptos que no hayan reparado el daño causado, fija en 500.000 euros la cuantía para imponer la pena de cárcel por financiación ilegal (salvo para los extranjeros, que será de 100.000 euros) y mantiene el límite de 120.000 euros para los delitos de fraude fiscal.
Cada seis meses, el Gobierno estará obligado a informarle al Parlamento los indultos concedidos y denegados. Además, se tipifican nuevas conductas como la zoofilia, el matrimonio forzado, el hostigamiento o acecho y la divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas obtenidas con la anuencia de la persona afectada.
Por otra parte, se fija el consentimiento sexual en 16 años, y se aumenta la persecución del maltrato, el abandono y la explotación sexual de animales. Quienes maltraten cruelmente a animales en peleas de gallos o perros serán multados, pero la sanción no cobija a los organizadores de estos combates.
La norma también señala que los extranjeros podrán ser expulsados del país, si representan una amenaza grave para el orden público o la seguridad pública.
Reacciones
Tras la aprobación del proyecto, la ONG Amnistía Internacional señaló que el Código Penal español “dificulta el ejercicio del derecho a la libertad de expresión y reunión pacífica y se olvida de los crímenes de derecho internacional”.
Según explicó, la propuesta no incluyó crímenes como la ejecución extrajudicial, ni revisó la definición de tortura de acuerdo con los convenios internacionales de los que España forma parte, incluyendo en ese concepto la violación sexual de la persona que se encuentra bajo custodia.
Además, advirtió que se invisibiliza a los extranjeros, lo que puede tener un impacto negativo en el derecho de asilo, y se sustituye parte de la pena de prisión por expulsión, lo que podría dar lugar a devoluciones de personas que deberían estar protegidas, como víctimas de trata de personas que correrían riesgo si son devueltas a sus países.
(Con información de Amnistía Internacional, Europa Press, El País y TeleCinco)
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