Reivindican papel de la ANI para establecer valor de conciliaciones por enriquecimiento sin justa causa en concesiones viales (3:28 p.m.)
21 de Julio de 2015
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Nota:
102097
Al aprobar una conciliación por casi $ 42.000 millones entre la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y la concesionaria encargada de la construcción de la variante de Tocancipá (Cundinamarca), el Tribunal Administrativo de Cundinamarca explicó cuál es el papel de esa entidad a la hora de establecer la suma a compensar por enriquecimiento sin justa causa en concesiones viales. Para determinar el margen razonable de tal compensación, la Sala considera que las funciones que los artículos 3º y 4º del Decreto 4165 del 2011 le imponen a la ANI una autoridad técnica competente para contabilizar los costos de las concesiones; de ahí que, en este caso, primen las conclusiones de sus estudios sobre las aportadas por un particular. Recordó que el enriquecimiento sin justa causa deviene del hecho de que el concesionario se vea constreñido por la administración a ejecutar prestaciones fuera del marco contractual, como sucedió con la construcción de la variante, que no estaba pactada en la concesión (M. P. Juan Carlos Garzón).
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