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Reivindican derechos de funcionarios de libre nombramiento y remoción con discapacidad (8:52 a.m.)

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12 de Diciembre de 2014

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La Corte Constitucional negó la solicitud de la Fiscalía de anular un fallo de tutela por medio del cual ese alto tribunal ordenó el reintegro de un funcionario de libre nombramiento y remoción que fue declarado insubsistente, pese a enfrentar varias afecciones de salud que le generaron una discapacidad; la corporación ordenó a la entidad demandada que el trabajador sea reubicado en un cargo que se adecúe a las condiciones físicas que estaba enfrentando por cuenta de su enfermedad. Además de desestimar los señalamiento del órgano investigador en torno al supuesto cambio abrupto de jurisprudencia relativo a la desvinculación de servidores incorporados al servicio por libre nombramiento y remoción, la Sala Plena sostuvo que los operarios con limitaciones físicas o mentales, aun cuando ocupen este tipo de plazas laborales, no solo ven satisfechos sus derechos con la garantía de acceso al trabajo sino que requieren de las condiciones necesarias para ejercer sus labores en condiciones dignas y justas; lo anterior, dijo la Corte, con el propósito de eliminar toda forma de discriminación.

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