Reiteran que la tutela no es el mecanismo para controvertir actos administrativos, cuando no está de por medio el riesgo de un derecho fundamental (4:13 p.m.)
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02 de Agosto de 2010
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La acción de tutela no puede usarse como instrumento para desconocer las acciones y recursos dispuestos dentro de los procesos judiciales o administrativos y menos para controvertir las decisiones que se profieran, reiteró la Corte Constitucional al denegar una tutela interpuesta por un coronel del Ejército que pretendía que se le incluyera dentro de la lista de candidatos para proveer el cargo de magistrado del Tribunal Superior Militar. La sala explicó que los cargos ya fueron provistos, por lo que el mandato del juez de tutela no tiene ningún efecto y más aún si no existe el riesgo o la vulneración de un derecho fundamental. La corte señaló que el ordenamiento jurídico ha establecido mecanismos de defensa judicial ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa para controvertir actos administrativos (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).
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