Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Reiteran que entidades públicas deben actualizar sus bases de datos como garantía del derecho al hábeas data de sus afiliados (9:50 a.m.)

68032

23 de Agosto de 2010

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Corte Suprema de Justicia reiteró que aunque las entidades públicas pueden recoger información sobre la ciudadanía en general ya sea para sus archivos o para crear una base de datos que facilite su consulta, es imprescindible que en la recolección, tratamiento y circulación de los mismos se respete la libertad y demás garantías constitucionales. Tal garantía les debe permitir a los titulares de los datos conocerlos, actualizarlos y rectificarlos. Por tal razón, la Sala Penal tuteló el derecho al hábeas data de una persona a la que se le suspendió el pago del subsidio económico para personas mayores porque aparecía registrada en dos lugares diferentes, pese a que ella comunicó su traslado. La corte ordenó actualizar la base de datos y registrar el cambio de domicilio para evitar obstáculos en la prestación de los servicios de salud y demás ayudas como beneficiaria del Sisbén (M. P. Jorge Luis Quintero Milanés).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)