Reiteran el carácter fundamental del derecho al territorio colectivo de las comunidades indígenas (10:20 a.m.)
04 de Junio de 2014
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Nota:
96324
Al reiterar el carácter fundamental de los derechos al territorio colectivo de las comunidades indígenas y al retorno o reubicación de los grupos étnicos víctimas de desplazamiento forzado, la Corte Constitucional encontró que estos se vulneraron a las comunidades indígenas de Caño Claro, la Esperanza, Iguanitos e Hitnu Cuiloto Marrero, que se encuentran en situación de desplazamiento desde el año 2007 y no han recibido atención concreta para superarla. El alto tribunal recordó que el desplazamiento forzado es un tema de coyuntura nacional e instó al Ministerio del Interior, al Incoder, al Ministerio de Agricultura, a la Unidad de Restitución de Tierras, a la Unidad de Reparación, al Gobernador de Arauca y a los alcaldes de los municipios de Tame y Puerto Rondón para que, en el marco de sus funciones, desarrollen un trabajo armónico y mancomunado en aras de amparar el derecho fundamental al territorio de estas comunidades. En opinión de la Corte, la cartera del Interior debe tomar un papel más activo como coordinadora de todos los asuntos que se relacionen con las comunidades indígenas, conforme con los principios de voluntariedad, seguridad y dignidad (C. P. Luis Guillermo Guerrero Pérez).
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