Regulan recobros y reclamaciones con glosa de carácter administrativo notificados antes de la vigencia de la Ley de Cuentas Maestras (10:41 a.m.)
07 de Noviembre de 2014
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Nota:
97889
El Gobierno definió los criterios de evaluación, periodos de radicación, términos, requisitos y formatos a que deberán supeditarse los actores del Sistema General de Seguridad Social para el reconocimiento y pago de los recobros y reclamaciones cuya glosa de carácter administrativo haya sido notificada antes de la entrada en vigencia de la Ley 1608 del 2013 (Ley de Cuentas Maestras). La norma, compuesta por cuatro capítulos, reglamenta la acreditación de los elementos esenciales de la obligación para el reconocimiento y pago de las reclamaciones con cargo a los recursos de la subcuenta ECAT, los términos para estudiar la procedencia y pago de las solicitudes y las consecuencias de su no aprobación. Esta nueva resolución del Ministerio de Salud deroga las resoluciones 0832 y 5394 del 2013.
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