Regulan publicidad política o propaganda electoral en Bogotá (10:48 a.m.)
Openx [71](300x120)
101948
28 de Julio de 2015
Escucha esta noticia audio generado con IA
Por medio del Decreto 299 del pasado 24 de julio, la Alcaldía de Bogotá reguló la publicidad política o propaganda electoral, en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada, de la cual pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y junta administradoras locales, que se llevarán a cabo del 25 de octubre. De acuerdo con la norma, cada partido, movimiento o grupo de ciudadanos podrá colocar máximo 30 vallas comerciales con registro vigente, 10 carteles o afiches por cartelera local o mogador, un aviso por fachada en cada una de las sedes políticas y 10 vehículos con publicidad política, dentro los que se cuentan aquellos que se utilizan para el transporte o locomoción de los candidatos. No se podrá colocar publicidad política o propaganda electoral en áreas que constituyan espacio público; en zonas históricas, edificios o sedes de entidades públicas o embajadas; en zonas declaradas como reservas naturales o hídricas; en lugares donde se obstaculice el tránsito peatonal; sobre vías principales y metropolitanas; en paraderos de buses de servicio público y sobre infraestructuras de apoyo de redes eléctricas y telefónicas, puentes, torres eléctricas y cualquier otra estructura de propiedad del Estado. Adicionalmente, no se permitirá efectuar publicidad política a través de pasacalles o pendones, así como pasacalles o pendones portados o sostenidos por personas, a través del globos anclados, inflables o dummies.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!