Regulan procedimiento para girar aportes patronales financiados con recursos del situado fiscal y del SGP (11:08 a.m.)
26 de Junio de 2014
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Nota:
61303
El Ministerio de Salud acaba de expedir una resolución con el procedimiento para el giro de los recursos de aportes patronales financiados con el situado fiscal en salud y el Sistema General de Participaciones girados hasta la vigencia 2011, no saneados en los términos del artículo 85 de la Ley 1438 del 2011. De acuerdo con la norma, en el mecanismo de recaudo y giro se dispondrá de una cuenta bancaria a la que ingresarán dichos dineros. La presupuestación, contabilización y manejo de portafolio se hará en la subcuenta de solidaridad del Fosyga. En cuanto al término para el giro, deberá realizarse dentro de los dos meses siguientes, previo envío de los recursos que fueron materia de conciliación y que aún no hayan sido reintegrados al beneficiario.
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