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Regulan procedimiento para acceder a la exclusión de IVA en la adquisición de vehículos de transporte público por reposición (2:37 p.m.)

13 de Febrero de 2015

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Nota:
99760
El Ministerio de Hacienda expidió la reglamentación de las condiciones que se tendrán que cumplir para acceder a la exclusión del IVA en la adquisición de vehículos de servicio de transporte público de pasajeros destinados solo a reposición, establecida en el numeral 11 del artículo 424 del Estatuto Tributario. Entre los requisitos están que el beneficiario se encuentre inscrito en el sistema RUNT y el automóvil esté libre de todo  gravamen o afectación jurídica que limite su libre disposición. De igual manera, regula el procedimiento para acceder al beneficio así como lo pertinente a su aplicación. Según la norma, tendrán derecho a este beneficio los pequeños transportadores que sean propietarios de manera directa o indirecta de menos de tres vehículos solo para efectos de la reposición de uno solo de ellos y por una única vez. Para que proceda la exclusión del impuesto, el declarante deberá obtener y conservar como soporte de la importación y el vendedor como soporte de la operación de venta la certificación de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehículo nuevo en reposición con exclusión de IVA (CREI), esta certificación será expedida por el Ministerio de Transporte, a través del RUNT, para este último aspecto da un plazo de seis meses al ministerio para desarrollar la funcionalidad requerida para la expedición del CREI.

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