Regulan la interoperabilidad en los sistemas de pago de bajo valor inmediatos
02 de Noviembre de 2023
El Banco de la República expidió la Resolución Externa 6 del 2023, que regula la interoperabilidad en los sistemas de pago de bajo valor, que presten servicios relacionados con órdenes de pago o transferencias de fondos inmediatas (SPBVI). Además, establece los requisitos y condiciones que deben cumplir las entidades administradoras de los sistemas de pago de bajo valor inmediatos (EASPBVI), así como las órdenes de pago y transferencias de fondos inmediatas.
La normativa expresa que las operaciones de los SPBVI deben interoperar entre sí, siempre que las órdenes de pago y transferencias de fondos inmediatas que se procesen tengan la misma clasificación, conforme a lo dispuesto en la presente resolución y en la reglamentación de carácter general que expida el Banco de la República. (Lea: Banco de la República mantiene tasas de interés).
Así mismo, el documento establece que las entidades administradoras de los sistemas de pago de bajo valor inmediatos (EASPBVI) deben de cumplir con varios requisitos, algunos de estos son:
i) Contar con los mecanismos necesarios que permitan el procesamiento, incluido el inicio de las órdenes de pago o transferencias de fondos inmediatas, a través de las tecnologías de acceso (descritas en esta resolución) y en la reglamentación que de carácter general expida el Banco de la República.
ii) Exigir que sus participantes adecúen los canales de prestación de servicios habilitados para iniciar de las órdenes de pago y transferencias de fondos inmediatas, a través de las tecnologías de acceso, siempre y cuando al menos uno de ellos sea un canal no presencial.
iii) Dar cumplimiento a las normas relacionadas con protección de datos y habeas data, en particular, la Ley 1581 del 2012, el Decreto 1074 del 2015 y demás normas que la modifiquen, sustituyan o adicionen.
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