Regulan estándares mínimos para el concurso de méritos de personeros municipales (2:46 p.m.)
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04 de Diciembre de 2014
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El personero municipal o distrital será elegido de la lista que resulte del proceso de selección público y abierto adelantado por los respectivos concejos. Así lo determinó el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) mediante el Decreto 2485 del 2014. El concurso podrá efectuarse a través de universidades o instituciones de educación superior públicas o privadas o con establecimientos especializados en procesos de selección de personal, advierte la norma. También, define las etapas que lo conformarán: convocatoria, reclutamiento y pruebas (de conocimientos académicos, competencias laborales, valoración de estudios y experiencia y la entrevista). Así, con los resultados se elaborará, en estricto orden de mérito, la lista de elegibles, con la cual se cubrirá la vacante del empleo de personero. Finalmente, se regula lo pertinente a convenios interadministrativos para la realización parcial de los concursos y el diseño de pruebas para ser aplicadas simultáneamente en los distintos procesos convocados.
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