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Actualizado hace 17 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Regulan entrega o transferencia de archivos públicos de entidades que se supriman o liquiden (10:20 a.m.)

19 de Enero de 2015

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Nota:
98292
Con el objeto de reglamentar el artículo 20 de la Ley 594 del 2000 y el componente de gestión documental del Decreto 254 del 2000 en lo relacionado con el proceso de transferencia y/o entrega, organización, administración, evaluación y eliminación de documentos y archivos de las entidades públicas que se liquiden, fusionen, supriman o privaticen o algunas de cuyas funciones se trasladen a otras entidades, el Ministerio de Cultura expidió el Decreto 0029, para proteger el patrimonio documental del Estado, facilitar el funcionamiento de las entidades que asuman sus funciones y garantizar los derechos de los ciudadanos. La norma ordena conformar un comité técnico integrado por funcionarios del nivel directivo de las entidades involucradas en la entrega y recibo de archivos, así como de los entes cabeza de sector al cual pertenezcan las mismas, cuya responsabilidad será acordar los aspectos específicos del proceso. En cuanto al estado de los archivos, indica que los responsables de adelantar los procesos de liquidación, fusión, supresión, privatización o algunas de cuyas funciones se trasladen a otras entidades, durante los tres primeros meses de iniciado el proceso, deberán adelantar un diagnóstico integral de los documentos y con los datos obtenidos elaborar un informe sobre el estado en que se encuentran al momento de iniciar el proceso. Igualmente, define una serie de actividades previas al proceso y regula lo referente a la entrega de expedientes de procesos judiciales y reclamaciones de carácter laboral, contractual y pensional. Esta nueva normativa deroga el Acuerdo 041 del 2002, expedido por el Archivo General de la Nación.

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