Regulan el registro de predios productores de palma de aceite ante el ICA (10:51 a.m.)
08 de Julio de 2014
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Nota:
61769
Toda persona natural o jurídica que cultive palma de aceite en el país debe registrar el predio productor ante la gerencia seccional del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) de la jurisdicción donde se encuentre ubicado el terreno, así lo determinó esta entidad con la Resolución 2009. Igualmente, señaló los requisitos necesarios para cumplir con este trámite, dentro de los cuales está el certificación de uso del suelo expedida por la autoridad competente, prueba que acredite la propiedad, posesión o tenencia del predio y protocolos de prevención y manejo fitosanitario. También regula lo referente a la expedición del registro, la modificación del mismo y su cancelación.
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